Para el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencias máxima de motor de 40 Kw (54 HP) en navegaciones diurnas y en áreas delimitadas por la Capitanía Marítima no superiores a las atribuciones del Patrón para Navegación Básica.

Condiciones : haber cumplido 18 años o 16 con permiso paterno.

Aprobar el examen teórico correspondiente.