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Para
el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 6 metros
de eslora y una potencias máxima de motor de
40 Kw (54 HP) en navegaciones diurnas y en áreas
delimitadas por la Capitanía Marítima
no superiores a las atribuciones del Patrón para
Navegación Básica.
Condiciones
: haber cumplido 18 años o 16 con permiso
paterno.
Aprobar
el examen teórico correspondiente.
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