Patrón de embarcaciones de recreo (PER)
Atribuciones
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o a motor y vela de hasta 15 metros de eslora y potencia de motor adecuada, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario. Además podrán gobernar motos náuticas clase A (sin limite). Con la ampliación aumenta la eslora a 24 metros y se permite la navegación entre Península y Baleares
CONDICIONES
Haber cumplido 18 años o 16 con permiso paterno.
Acreditar el reconocimiento médico al efecto.
Aprobar el exámen teórico correspondiente.
Realizar las practicas reglamentarias de radiocomunicaciones, cuya duración no podrá ser inferior a 12 horas, que se realizarán en tierra, en un simulador homologado de una escuela.
Realizar prácticas reglamentarias de Seguridad y Navegación de al menos 16 horas de duración en una embarcación homologada de una escuela.
Opcionalmente, para el manejo de embarcaciones a vela, prácticas de vela de al menos 16 horas.