Patrón de Yate (PY)
Atribuciones
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela de hasta 24 metros de eslora, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 150 millas y navegación por todo el Mediterráneo.
CONDICIONES
Estar en posesión del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo.
Realizar las practicas reglamentarias de radiocomunicaciones, cuya duración no podrá ser inferior a 4 horas, que se realizarán en tierra, en un simulador homologado de una escuela.
Realizar prácticas reglamentarias de Seguridad y Navegación de al menos 48 horas de duración en una embarcación homologada de una escuela.
Poseer el título de RadioOperador de Corto Alcance (convalida el de PER nuevo) o realizar prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones, cuya duración será de 12 horas y se realizarán en un simulador homologado en una escuela..